John era un estudiante brillante de Delaware que, como muchos adolescentes, se volvió adicto a las drogas. Sus padres lo enviaron a un centro de rehabilitación de internamiento en Delray Beach para que se desintoxicara. John posteriormente encontró un buen padrino y consiguió trabajo como asistente de estacionamiento en un club de golf local. John estaba en camino hacia una recuperación exitosa. Una tarde John estabaconduciendo su scooter hacia el norteen la A1A. Giró a la izquierda hacia Hypoluxo Rd. y fue golpeado por un camión que venía en sentido contrario.
Cuestión Legal #1:Determinación de Responsabilidad: Desde el punto de vista legal, John tenía la mayor parte de la culpa por girar frente al tráfico que venía en sentido contrario. Sin embargo, nuestros abogados argumentaron exitosamente que el conductor del otro vehículo debe haber estado excediendo el límite de velocidad y fue negligente, lo que explica por qué John mistimó su giro. Como tal, el camión que venía en sentido contrario fue parcialmente responsable de los daños de John. John sufrió lesiones graves y le prescribieron medicamentos opioides durante su recuperación. John tuvo que mudarse de regreso a Delaware para que sus padres pudieran cuidarlo.
Cuestión Legal #2: Causalidad de los Daños: Equilibrando el estrés del accidente, perder contacto con su padrino, perder su trabajo, cancelar su rutina y volver a consumir (medicamentos legales)… John se rindió. La medicación opioides reavivó su hábito causando que John anhelara heroína. Obtuvo de un amigo y se sobredosificó al día siguiente. John ya no está con nosotros como resultado de la sobredosis. Normalmente un segundo accidente (aquí una sobredosis) durante la pendencia de una demanda legal debilita sustancialmente el caso del primer accidente. Nuestro equipo de abogados de lesiones personales probó exitosamente que la sobredosis de heroína de hecho no fue un segundo accidente distinto sino una continuación del primero. Recopilamos todos los registros anteriores de John del centro de rehabilitación e entrevistamos a sus padrinos anteriores. La evidencia probó que John estaba en camino hacia una recuperación exitosa antes del accidente. Logramos que las aseguradoras concedieran que la muerte prematura de John fue una causa natural y consecuencia del accidente automovilístico inicial. Obtuvimosofertas de límites de póliza completospor la cantidad de $400,000.00.
Cuestión Legal #3: Muerte Injustificada y Leyes Estatales en Conflicto: John era residente de Delaware, pero el accidente ocurrió en Florida. Seleccionar la jurisdicción para abrir la sucesión requirió una gran estrategia legal. Además, las facturas médicas de John excedieron $200,000.00 (más de la mitad del acuerdo). John también tenía deudas pendientes pagaderas a su sucesión. Sin embargo, pudimos eliminar muchas de las facturas médicas y la sucesión solo fue requerida a pagar $40,000.00 de su acuerdo hacia facturas médicas, permitiendo que la mayoría de los fondos del acuerdo pasaran a la familia de John.
Reflexiones Finales:
Nuestro objetivo fue vindicar a la familia obteniendo el mayor acuerdo posible para ellos. John fue tratado injustamente. Aunque tenía problemas anteriores, eso no significa que su familia no tuviera derecho a empatía o compensación completa. Además, aunque hemos manejado casos de muerte injustificada antes, este es el primero donde realmente pudimos conocer y construir una relación con nuestro cliente mientras estaba vivo. No fue hasta algún tiempo después de nuestra relación que él falleció. Cambia las cosas cuando realmente conociste al difunto en un caso de muerte injustificada.
Sin embargo, nunca olvidaremos las palabras finales del padre de John después de que el caso se resolvió, que incluyeron:
Gracias por la excelente representación legal. Obtuvieron más dinero del que jamás hubiera imaginado, y ciertamente ayudará a mi familia. Sin embargo, ninguna cantidad de dinero en el mundo traerá de vuelta a mi hijo. Hubiera preferido mucho que mi hijo estuviera aquí y renunciáramos al acuerdo. Estoy agradecido por su representación pero no puedo decir que esté feliz”, dijo el padre de John.
Estas palabras siempre nos acompañarán. Nunca olvidaremos el lado humano de las cosas.
Nota: Para propósitos de anonimato, John es un nombre ficticio pero los hechos del caso permanecen sin cambios. También tenga en cuenta que cada acuerdo es único según las circunstancias de cada caso único. El desempeño anterior en otros casos puede no ser indicativo de una recuperación en su caso. Para una consulta legal completa y gratuita llámenos al 561-266-9191.