Situación actual de los límites a las indemnizaciones por «daños no económicos» en Florida

¿Está familiarizado con la distinción entre daños económicos y no económicos en un caso de lesiones personales? Los daños económicos se definen en Ley de Florida#atfp_close_translate_span# como “Pérdidas no económicas que no se habrían producido de no ser por la lesión que dio origen a la demanda, incluyendo dolor y sufrimiento, inconvenientes, discapacidad física, angustia mental, desfiguración, pérdida de la capacidad para disfrutar de la vida y otras pérdidas no económicas”. Por otro lado, los daños económicos son pérdidas financieras verificables resultantes de una lesión, incluyendo pérdida de ingresos, gastos médicos pasados ​​y futuros, costo de reparaciones y reemplazos, etc.

Como se pueden imaginar, y como nuestra Delray Beach Abogados de lesiones personales en Aronberg & Aronberg Es importante entender que los daños no económicos son mucho más difíciles de cuantificar precisamente por su naturaleza no económica. Por ejemplo, si bien es relativamente sencillo calcular el daño económico derivado de una cirugía de 12 000 dólares (daño económico: 12 000 dólares), resulta mucho más difícil determinar el valor monetario del dolor y el sufrimiento resultantes de la lesión y la cirugía.

Durante mucho tiempo, se consideró que las indemnizaciones por daños no económicos eran menos compensatorias que las indemnizaciones económicas, cuyo objetivo era restablecer la situación financiera de la parte perjudicada. Los estatutos de Florida reflejaron durante mucho tiempo esta creencia: el Estatuto de Florida § 766.18 limitaba las indemnizaciones por daños no económicos a 500.000 dólares por demandante en casos de lesiones personales derivadas de negligencia médica por parte de profesionales sanitarios.

Como bien saben nuestros abogados especializados en lesiones personales, este límite arbitrario fue el tema central del caso North Broward Hospital District v. Kalitan (2017), resuelto por la Corte Suprema de Florida este verano. En Kalitan, la Corte dictaminó que el límite a las indemnizaciones por daños no económicos en casos de negligencia médica era inconstitucional por contravenir la Cláusula de Igualdad de Protección de la Constitución de Florida, consagrada en el Artículo I, Sección 2 de dicha Constitución. En la opinión, disponible aquí, la Corte explicó cómo había determinado previamente que el límite a las indemnizaciones por daños no económicos en el contexto de una demanda por muerte injusta era inconstitucional. Al considerar que la decisión anterior de la Corte podía extenderse al ámbito de las lesiones personales, la Corte concluyó que «los límites legales establecidos en la sección 766.118 restringen de manera irrazonable y arbitraria la indemnización para quienes sufren las lesiones más graves por negligencia médica».

Las víctimas de negligencia médica no deberían verse limitadas arbitrariamente por topes generales en las indemnizaciones por daños no económicos; cada caso de negligencia médica es único y cada persona sufre de manera particular. ¿Por qué una lesión que resulta en un dedo magullado debería estar sujeta al mismo límite de indemnización que una lesión que resulta en la pérdida de una extremidad? Por estas razones, nuestros abogados de lesiones personales en Aronberg & Aronberg creen que la Corte Suprema de Florida tomó la decisión correcta al declarar inconstitucional el límite a las indemnizaciones por daños no económicos.

Si tiene alguna pregunta sobre este caso, el concepto de daños no económicos o cualquier otro asunto relacionado con lesiones personales, comuníquese con uno de nuestros abogados de lesiones personales en Aronberg & Aronberg. Para programar una consulta gratuita, llámenos al 561-266-9191. Con oficinas en Delray Beach, Boca Raton y Wellington, estamos listos para ayudarle.

Vistas: 0