PI Pulse: un premio por asbesto y una demanda «monstruosa»

 

Este blog narra las trayectorias legales por lesiones personales de dos mujeres, una de las cuales recibió recientemente una importante indemnización por los daños sufridos, y la segunda, tras la muerte de su hijo pequeño, presentó una demanda contra una gran empresa, sobre la que ya hemos escrito anteriormente.

Comencemos con la mujer que recientemente recibió una indemnización de 27 millones de dólares. En la década de 1950, el esposo de la mujer trabajaba para una empresa de instalación de aislamiento. Día tras día, iba a trabajar, instalaba materiales aislantes en la obra y regresaba a casa, donde su esposa le lavaba la ropa. Ahora, con más de ochenta años, su esposa padece mesotelioma, un tipo grave de cáncer de pulmón causado por la exposición al amianto. Tras el diagnóstico y la relación entre el cáncer causado por el amianto y los materiales aislantes con los que su esposo trabajó en la década de 1950, la mujer y su esposo demandaron a la empresa fabricante de los productos aislantes. A través de su abogado, argumentaron que la empresa había actuado con negligencia; su abogado sostuvo que la empresa sabía desde la década de 1930 que la exposición al amianto podía ser mortal. Además, y quizás lo más sorprendente, la empresa había anunciado los productos aislantes como «no tóxicos», sin mencionar que el amianto, una sustancia peligrosa, era un componente del producto.

El jurado falló a favor de la mujer y su esposo, otorgándoles 12 millones de dólares por las lesiones sufridas por la mujer, 4 millones por la pérdida de consorcio del esposo (los beneficios del matrimonio que se perdieron debido a la enfermedad de su esposa), 342 000 dólares por daños económicos y 11 millones de dólares adicionales en daños punitivos. La indemnización por daños punitivos se basó en la conclusión del jurado de que la empresa había ocultado deliberadamente información sobre los riesgos para la salud inherentes a sus prácticas de aislamiento y, por lo tanto, había actuado con malicia o fraude contra la demandante.

En nuestro próximo caso, esperamos que el jurado sea igual de comprensivo. Una mujer, cuyo hijo de 19 años falleció a causa de una arritmia cardíaca (una alteración del ritmo cardíaco normal), ha demandado a la empresa de bebidas Monster Beverage Corp. La demandante alega que la trágica muerte de su hijo fue consecuencia del consumo habitual de bebidas energéticas Monster, las cuales, como ya hemos comentado en este sitio web, tienen un contenido de azúcar extremadamente alto y peligroso (además de otros ingredientes poco saludables). La demanda sostiene que el joven de 19 años no habría fallecido de no ser porque consumió dos latas de bebida energética Monster diariamente durante los tres años previos a su muerte.

La demanda que ha presentado la madre afligida no carece de precedentes. El año pasado, después de que una niña de 14 años muriera tras consumir dos latas de una bebida energética Monster, los padres de la fallecida demandaron a la empresa de bebidas. Si bien la demanda plantea la cuestión de la responsabilidad personal y el reconocimiento de que el consumo habitual e inseguro de cualquier Dado que un producto puede ser perjudicial para la salud, la responsabilidad corporativa debe ser un factor clave. Las empresas deben ser responsables de los productos que comercializan y rendir cuentas por ellos. Les informaremos sobre el desenlace de este lamentable caso.

Si tiene preguntas sobre estos o cualquier otro asunto relacionado con lesiones personales, comuníquese con nosotros al 561-266-9191 o daronberg@aronberglaw.com.

Vistas: 0